En la asamblea celebrada el 18-10-2024 sobre la caza del zorzal para la vigente temporada, se estableció lo siguiente:
Para cumplir con las obligaciones impuestas por la Junta de Extremadura en relación con la caza del zorzal, se debe acatar lo dispuesto en la *Orden de 22 de julio de 2024*, que aprueba la Orden General de Vedas de Caza de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el apartado 5 del capítulo 4, esta orden establece la prohibición de repetir puesto dentro de la misma semana.
Por lo tanto, se deben respetar las zonas y horarios marcados en el mapa adjunto «Zonas Caza Zorzal». *El incumplimiento de esta norma será responsabilidad de cada uno*.
Por otro lado, se mantienen vigentes las normas escritas entregadas este año respecto a las especies cazables y los días hábiles (*sábados y domingos*). La caza en las reservas solo podrá realizarse en el período de *prórroga*.
Adjuntamos mapa detallando las zonas y horarios para la practica de la modalidad.

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